COMUNICADO

EL COLEGIO DE PROFESIONALES DE TRABAJO SOCIAL DE MENDOZA, CREADO POR LEY N° 7932, COMUNICA LA GRAVEDAD DE LA OFERTA EDUCATIVA PROMOCIONADA POR EL INSTITUTO SUPERIOR PT -164 “DIOSCESANO SAN JOSE” SOBRE TECNICATURA SUPERIOR EN TRABAJO SOCIAL, YA QUE, SEGÚN LA LEY PROVINCIAL 7932, SOLO SE OTORGARA MATRICULA PROFESIONAL A QUIENES TENGAN CARRERA DE GRADO:

 Artículo 5º – El ejercicio de la profesión de Trabajo Social, sólo se autorizará a quienes posean título universitario de no menos de cuatro años con la denominación de Asistente Social, Trabajador Social, Licenciado en Trabajo Social, Doctor en Servicio Social o Trabajo Social otorgado por Universidad Nacional, Provincial o Privada habilitada por el Estado.

Al respecto informamos que además de la legislación vigente en la Provincia de Mendoza para matricular profesionales del Trabajo Social, la reciente Ley Federal de Trabajo Social 27072/ Diciembre  de 2014, establece derechos, obligaciones e incumbencias profesionales que delimitan con claridad el quehacer profesional de los trabajadores sociales

LA CARRERA TERCIARIA DE TRABAJO SOCIAL NO ES RECONOCIDA COMO TAL, POR ESTE COLEGIO PROFESIONAL.

Comisión Directiva

Secretaría de Comunicaciones